Pensión Alimenticia
La pensión alimenticia es la cantidad de dinero que se debe de pagar por mandato judicial como aporte del sostenimiento de sus hijos, los cuales comprenden:
-
La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y en su caso, los gastos de embarazo y parto;
-
Respecto de los menores, además, los gastos para su educación y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales;
-
Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo;
-
Por lo que hace a los adultos mayores que carezcan de capacidad económica, además de todo lo necesario para su atención geriátrica, se procurará que los alimentos se les proporcionen, integrándolos a la familia.
Tienen acción para pedir el aseguramiento de los alimentos:
-
El acreedor alimentario;
-
El que ejerza la patria potestad o el que tenga la guarda y custodia del menor; el padre o madre que sean custodios de los hijos menores de edad.
-
El tutor;
-
Los hermanos, y demás parientes colaterales dentro del cuarto grado;
-
La persona que tenga bajo su cuidado al acreedor alimentario;
-
El Ministerio Público.

Para tramitar su pensión alimenticia requerimos lo siguiente:
1. Acta de Matrimonio, si no esta casada no será necesaria. Original y dos copias
2. Acta de Nacimiento de sus hijos. Original y dos copias
3. Tres copias de su INE.
4. El domicilio particular y/o laboral del padre.
5. Nombre de la empresa o dependencia donde labora el padre, CURP y RFC.
6. Si los tienes comprobantes de los gastos. como despensa, gastos médicos colegiaturas, servicios, etc,
7. Estado de Cuenta bancario de Usted para verificar ahi los depositos.
8. Firma electrónica


